El Consejo de Ministros ha aprobado ayudas para las explotaciones agrarias y ganaderas afectadas por la DANA y otros siniestros climáticos de 2019 que ocasionaron daños tanto en producción como en elementos de las explotaciones agrarias.
Para daños en la producción, el Gobierno ha reservado una partida de 4,2 millones de euros con cargo a los Presupuestos Generales del Estado de 2020. Estas ayudas (subvenciones) se dirigen a microempresas y pymes dedicadas a la producción agrícola primaria que hayan sufrido pérdidas superiores al 30%, pero sólo en los siguientes supuestos:
– Podrán beneficiarse quienes hayan sufrido daños en las explotaciones pero el siniestro se produjo antes de finalizar el periodo de suscripción del correspondiente seguro. En este caso, el titular de la explotación debe acreditar que suscribió el seguro el año anterior.
– También podrán optar a estas ayudas quienes registraran daños sobre producciones agrícolas y ganaderas cuando su póliza no cubra este siniestro.
– Y los afectados por daños originados en producciones agrícolas y ganaderas no incluidas en el vigente Plan de Seguros Agrarios Combinados.
En todo caso, el Gobierno especifica que “solo serán subvencionables los daños derivados de la destrucción total o parcial de la producción agraria y los medios de producción asegurables, ocasionados como consecuencia directa de los fenómenos climáticos adversos”.
Subvenciones por daños en elementos de explotación
Y para daños en elementos de la explotación, se ha reservado un presupuesto máximo de 5.417.000 euros. Estas ayudas consistirán en una subvención de hasta el 70% de los daños valorados por un perito colegiado, hasta un importe máximo de 8.000 euros. Igualmente, se dirigen a microempresas y pymes dedicadas a la producción agrícola primaria.
Podrán optar a estas ayudas los titulares de las explotaciones agrícolas y ganaderas que, teniendo pólizas amparadas por el Plan de Seguros Agrarios Combinados, hayan sufrido daños en elementos afectos a la explotación que no sean asegurables. Entre ellos, elementos como la limpieza, desescombro, eliminación de grava y otros materiales sobrevenidos, reposición de tierra; pérdidas o daños en bancales, terrazas, muros y otros elementos de formación de las parcelas; conducciones enterradas de tuberías, caminos de acceso a parcelas; redes eléctricas de alta o baja tensión o los depósitos de combustible y acequias, canales y compuertas.
También se otorgarán estas ayudas a quienes hayan sufrido daños en parcelas pero, en el momento del siniestro, aún no hubieran formalizado la suscripción de la póliza. En este caso tienen que acreditar que contrataron un seguro en la campaña anterior. Por último, podrán ser beneficiarios los titulares de explotaciones agrícolas y ganaderas que hayan tenido que restaurar los elementos dañados con carácter urgente antes de la entrada en vigor de estas medidas.