Desde el 1 de octubre

A partir del próximo 1 de octubre, los modelos de declaración de recargos de riesgos extraordinarios positivos tienen la consideración de factura emitida por la comisión de cobro a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido para aquellas entidades que hayan suscrito con el Consorcio de Compensación de Seguros el correspondiente acuerdo de facturación por cuenta de terceros.

Así lo confirmaba ayer la propia entidad, en base a la resolución de la Dirección General de Tributos en respuesta a una consulta efectuada por el CCS. Explica la entidad que, ahora, el campo «Referencia» corresponderá al número de factura y la fecha de presentación que figura en el apartado «Certificación (4)» a la fecha de su expedición. Las facturas rectificativas en caso de devolución de ingresos indebidos serán emitidas por el CCS en nombre de la entidad.

Fuente: INESE