La protección de los recursos naturales de Europa (especies y hábitats protegidos, agua y tierra) y los servicios ecosistémicos que brindan es ampliamente reconocido como un factor importante en el funcionamiento de una economía y una sociedad saludables. Brindar incentivos y salvaguardias para evitar daños al medio ambiente a través de las actividades humanas se ha convertido en una prioridad frente a la presión sin precedentes sobre el medio ambiente, incluidas las grandes pérdidas de biodiversidad, experimentada en las últimas décadas. Los regímenes nacionales de responsabilidad ambiental en los Estados miembros de la UE variaron en cuanto a su cobertura del daño ambiental y los requisitos para la reparación. En 2004, la Unión Europea actuó para traer un régimen más uniforme para la prevención y reparación de daños ambientales al adoptar la Directiva 2004/35/CE “sobre responsabilidad ambiental con respecto a la prevención y reparación de daños ambientales”. Esta innovadora legislación establece por primera vez en la UE un régimen integral de responsabilidad por daños al medio ambiente, basado en el principio de “quien contamina paga”. Al responsabilizar a aquellos que han causado daño ambiental por la reparación del daño, la Directiva de Responsabilidad Ambiental (ELD) proporciona un fuerte incentivo para evitar que ocurra el daño en primer lugar. La ELD también hace que aquellos cuyas actividades representen una amenaza inminente para el medio ambiente (definida como una probabilidad suficiente de que ocurra un daño en un futuro cercano) son responsables de tomar medidas preventivas. El ELD sirve para reforzar la legislación de la UE diseñada para mantener los recursos naturales y los servicios que brindan. Al vincularse a la Directiva de Hábitats y la Directiva de Aves Silvestres, la ELD proporciona un régimen de responsabilidad para prevenir y remediar los daños a la biodiversidad en toda la naturaleza de Europa que culmina en su red Natura 2000 de 22 000 sitios. El régimen de responsabilidad se extiende a todos los recursos hídricos de la UE tal como se definen en la Directiva Marco del Agua, así como a toda contaminación del suelo que ponga en riesgo la salud humana. Los Estados miembros debían implementar la ELD antes del 30 de abril de 2007. Con la implementación completa en toda la UE para julio de 2010, la Directiva debería resultar en un mayor grado de protección ambiental en toda Europa.
Fuente: FUEDI