La actividad de mediación de seguros se considera indispensable según el Decreto-Ley 10/2020, de 29 de marzo, por el que se regula el permiso retribuido para las personas trabajadoras por cuenta ajena que no presten servicios esenciales. Por tanto, para el Consejo General de Mediadores, “corredores y agentes por cuenta propia no están afectados por la limitación de movimientos impuesta, si bien se mantiene la recomendación de mantener la mínima exposición posible de forma presencial extremando las medidas de prevención”.
En el mismo comunicado de prensa, el Consejo explica que la afectación a los mediadores del Decreto Ley se resume en tres puntos: los corredores y agentes de seguros que trabajen por cuenta propia podrán seguir trabajando desde sus centros de trabajo o desde casa si pueden teletrabajar; los empleados por cuenta ajena de agencias o corredurías deben trabajar desde casa en la medida en que ello resulte técnica y razonablemente posible; y los empleados por cuenta ajena de corredurías o agencias de seguro podrán trabajar desde sus centros de trabajo para prestar servicios que sean indispensables y siempre que no puedan prestarlos desde casa.
Desde el Consejo se remarca además que “la norma publicada en el Boletín Oficial del Estado únicamente afecta a los trabajadores por cuenta ajena, es decir, las restricciones que establece no afectan a los corredores y agentes que trabajen por cuenta propia, es decir a los autónomos. Por otro lado, quedan exceptuados de la aplicación del Decreto ley los trabajadores que puedan seguir desempeñando su actividad con normalidad mediante teletrabajo o cualquiera de las modalidades no presenciales de prestación de servicios”. “Por tanto -concluye-, las restricciones establecidas en el Decreto ley no afectan a los trabajadores de agencias o corredurías de seguros que vengan teletrabajando o que puedan teletrabajar”.
Eso sí, a la vez que recomienda a todos los colegios operar de acuerdo con las indicaciones de las autoridades sanitarias y Gobierno en beneficio de la salud de todos, el Consejo remarca que para garantizar la seguridad y la salud de todos, su Comisión Permanente “mantendrá cerradas sus instalaciones de forma que todos los empleados, incluyendo CECAS, “continúen trabajando desde sus casas de forma telemática, por vía telefónica y por correo electrónico con el mismo horario de siempre aplicando un protocolo de contingencia que se mantendrá́ hasta el cese de las medidas establecidas por el Consejo de Ministros”.
AEMES publica una nota informativa sobre la incidencia del Real Decreto-Ley 10/2020 en el Sector de la Distribución de Seguros
Ante la publicación del Real Decreto-Ley 10/2020, de 29 de marzo, por el que se regula un permiso retribuido recuperable para las personas trabajadoras de los servicios no esenciales, el Departamento Jurídico de AEMES ha realizado una valoración sobre las modificaciones de la pasada noche del Real Decreto.
El objetivo de su comunicado, según dice la asociación, es informar sobre el alcance del Real Decreto en el sector y aclarar posibles dudas que puedan surgir de la lectura del mismo ante las confusiones que pueden provocar la cantidad de normas de carácter laboral que en los últimos días están siendo publicadas.