El Consorcio de Compensación de Seguros ampliará su ámbito de actuación para dar cobertura al potencial aumento de los costes derivados de la ley 12/2011, que entra en vigor el próximo 1 de enero y que elevará la cuantía mínima exigible en caso de daños nucleares producidos por accidentes en instalaciones localizadas en territorio nacional o los ocurridos en complejos internacionales si el responsable del transporte es español.
Se incorpora así el régimen internacional de responsabilidad civil por daños nucleares o producidos por materiales radiactivos actualizado en 2004 y que reforzó las exigencias sobre el Convenio de París de 1960 y el Convenio de Bruselas de 1963. En la práctica esta nueva norma supondrá un aumento de los potenciales costes asegurados por diferentes variables. La primera es que eleva, con carácter general, el límite de responsabilidad civil mínimo obligatorio para los explotadores nucleares de los 700 millones de euros actuales a 1.200 millones. La cuantía podrá ser menor, pero nunca inferior a los 70-80 millones, según se determine en función de cada instalación y previo informe del Consejo de Seguridad Nuclear.
Por otro lado, la cuantía indemnizatoria crece también porque la ley amplía el concepto de daño nuclear, incluyendo las pérdidas económicas derivadas de daños personales o materiales y los costes asociados a las medidas preventivas y aquellas que se necesiten para restaurar el medio ambiente. También incluye como concepto indemnizatorio el lucro cesante derivado del uso o disfrute del medio ambiente degradado y elimina la exención de responsabilidad si el accidente ocurre por catástrofes naturales de carácter excepcional.
El tercer factor que eleva el potencial coste por siniestros es que la ley permitirá realizar reclamaciones por daños personales durante los 30 años siguientes a la ocurrencia del siniestro frente a los 10 años actuales.
El propio sector pide apoyo al CCS
Según El Economista, han sido las propias aseguradores y reaseguradoras que operan en España el riesgo nuclear las que han pedido el apoyo del CCS a través del Pool de Riesgos Nucleares, tras concluir que carecen de capacidad técnica o económica suficiente para asumir los nuevos desafíos. El respaldo solicitado se hará en régimen de reaseguro para dos supuestos específicos: cubrir el riesgo en los años adicionales que introduce la ley de 2011 y en plantas nucleares de mayor riesgo por su proximidad.
La propuesta del Gobierno, ahora en consulta con el sector, es que el CCS se haga cargo de los daños a las personas cuya reclamación se produzca entre los años 10 y 30 desde el accidente nuclear y que asuma además los cúmulos de riesgos potenciales en las plantas Ascó I y Ascó II. En ambas instalaciones cubriría los importes excedentarios hasta el nuevo mínimo de 1.200 millones por póliza, con un máximo de 300 millones por contrato para ambas plantas.
Fuente: INESE