Tras muchos años de trabajo iniciado e impulsado internacionalmente por Ofesauto, el Consejo de Oficinas Nacionales (el organismo internacional que regula el formato y estructura del documento ‘Carta Verde’ para los 48 países que lo integramos) aprobó en su última Asamblea General la decisión de permitir que dicho documento pueda ser generado en formato pdf, de forma que pueda ser enviado por correo electrónico e impreso en blanco y negro y a una sola cara, en un tamaño A4.
Se trata de un paso más hacia la completa comprobación internacional del aseguramiento de cualquier vehículo, sea de nacionalidad que sea, mediante medios digitales y no físicos. Por el momento, en los países que no forman parte del Espacio Económico Europeo (el más cercano a España es Marruecos), el papel seguirá siendo necesario para poder verificar el aseguramiento obligatorio de cualquier vehículo español. Pero, al menos, ya no va a ser obligatorio que dicho papel sea impreso en color verde, como tampoco que obligatoriamente que sea impreso por la compañía aseguradora – por ejemplo, lo podrá hacer el propio asegurado de forma similar a lo que ocurre con las tarjetas de embarque de muchas compañías aéreas.
A la vista de ésta posibilidad, Ofesauto, como organismo responsable de todas las ‘Cartas Verdes’ que se emiten en España, ha considerado que es el momento de disponer de una plataforma web sectorial común que permitirá a todas las aseguradoras solicitar la generación del documento ‘Carta Verde’ en un formato pdf, similar en su estructura y formato, con los máximos estándares de seguridad posibles (código QR, etc), creando a su vez un registro único sobre todas las ‘Cartas Verdes’ que se emitan sobre vehículos españoles. En este sentido Ofesauto lleva tiempo trabajando con Tirea en el desarrollo de la futura plataforma web que se utilizará al respecto.
Es por ello que el Consejo Rector de Ofesauto ha acordado que todas las ‘Cartas Verdes’ que las entidades aseguradoras deseen emitir a partir del 1 de abril de 2021 se solicitarán obligatoriamente a través de dicha plataforma.
Esta decisión supondrá un importante ahorro de costes, tanto económicos como administrativos, para todas las entidades, ya que actualmente cuando deciden emitir una ‘Carta Verde’ tienen que imprimir físicamente el documento en un determinado formato y color, enviar por correo postal, etc.
Ademas, desde el punto de vista de la gestión de siniestros ocurridos en aquellos países donde la ‘Carta Verde’ es necesaria, y especialmente en atención tanto a Fuerzas y Cuerpos de Seguridad extranjeros como a víctimas, Ofesauto dispondrá de un registro centralizado único para consultar en tiempo real que entidad ha emitido una determinada ‘Carta Verde’.
Con este paso, «el sector asegurador español de nuevo actúa como ejemplo de cohesión y colaboración común en el desarrollo de soluciones que benefician no sólo a todas las entidades, sino a la sociedad en su conjunto y a las víctimas de accidentes en particular».
Por último, desde Ofesauto recuerdan que la emisión de la ‘Carta Verde’ es una decisión voluntaria de la entidad. No hay obligación alguna para las entidades al respecto. Este cambio solo afectará a aquellos casos donde la entidad decida voluntaria y conscientemente que va a emitir una ‘Carta Verde’.
Por el momento (abril de 2020) nada cambia y solo será a partir del 1 de abril del próximo año 2021 cuando sea obligatorio la utilización de dicha plataforma. Durante los próximos meses, Ofesauto irá informando a todas sus asociadas con detalle al respecto de la operativa técnica e irá aclarando todas las dudas al respecto.