Camiones, autobuses y vehículos de más de 7,5 toneladas de MMA podrán recibir asistencia mecánica en carretera sin la obligación de ser remolcados necesariamente hasta el taller más próximo.
La Dirección General de Tráfico (DGT) ha remitido una Instrucción a los Agentes de Tráfico por la que se establece una excepción a la regla general del remolcado obligatorio del vehículo averiado o accidentado en carretera en el caso de los vehículos pesados con MMA superior a 7,5 toneladas, informan nuestros compañeros de Todotransporte.
Estos vehículos podrán ahora ser reparados ‘in situ’ permitiendo el trabajo de los vehículos taller que generalmente poseen las marcas o concesionarios, cuyos operarios deberán adoptar las medidas necesarias para la realización de la operación con las máximas garantías de prevención, seguridad y visibilidad. Asimismo, deberán llevar una vestimenta que garantice su máxima visibilidad posible.
Esta Instrucción viene a “remendar” o mejorar el Real Decreto 159/2021, por el que se regulaba por primera vez en nuestro país las condiciones en las que deben realizar sus funciones los servicios de auxilio en vías públicas, una histórica demanda del sector del transporte por la implicación con la seguridad vial que tiene dicha actividad, que prestan en la actualidad más de 2.000 empresas de transporte.
Sin embargo, el nuevo Decreto generó alarma entre las organizaciones de transportistas y los concesionarios de vehículos industriales, ya que entre las novedades que incluía estaba la referida a la limitación de las actuaciones de reparación y asistencia en carretera de los vehículos averiados, sea cual fuera su clase, apostando preferentemente por su remolcado y traslado a taller. En el caso de los vehículos de transporte, ésto representaba un alto sobrecoste económico, ya que su aplicación literal en la práctica impedía la actuación de los vehículos taller.
Fuente: Posventa