Junta Consultiva de Seguros y Fondos de Pensiones
Se ha sometido a la Junta Consultiva de Seguros y Fondos de Pensiones, a propuesta del Consejo de Estado, el Título V de protección de datos del Anteproyecto de Ley por el que se modifica el Texto Refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor.
Es la primera norma de esta naturaleza que incluye un título entero dedicado al tratamiento de los datos personales en el sector del seguro y, en concreto, en el marco del seguro obligatorio de responsabilidad civil del automóvil (SOA). Más que establecer derechos y obligaciones nuevos, lo que hace es concretar, aclarar y dar mayor transparencia a la normativa vigente sobre protección de datos personales en el ámbito del seguro del vehículo a motor.
En el capítulo I de disposiciones generales, se recogen todos los posibles tratamientos de datos que se pueden dar dentro del SOA, por lo que se refiere a la fase de contratación del seguro, a la fase de tramitación de los siniestros y al tratamiento de datos de salud en caso de siniestro.
Por lo que se refiere al capítulo II de Sistemas de Información, se incluyen los diferentes sistemas de los que hacen uso los operadores del seguro para el intercambio de información con diferentes finalidades, bien para dar cumplimiento a las obligaciones de certificación de antecedentes siniestrales establecidas en el artículo 2.7 de esta ley, o bien para la prevención del fraude.
Estos Sistemas de Información se corresponden con los que ya están integrados en el Código de Conducta regulador del tratamiento de datos personales en los sistemas comunes del sector asegurador, aprobado por resolución de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) el 29 de junio de 2022.
Fuente: Füture