La Dirección General de Tráfico da a los conductores la opción de elegir la forma de comunicación para hacer llegar sus notificaciones: por correo postal o de manera telemática. No obstante, a partir de noviembre las cosas cambiarán para determinados perfiles: las personas jurídicas dejarán de recibir las multas en papel y sólo les llegarán a través de la Dirección Electrónica Vial (DEV).

Por correo certificado

La mayor parte de los conductores recibe las notificaciones y multas de la DGT a través de una carta certificada. Cuando este método falla porque, por ejemplo, el conductor ha cambiado su residencia y no se lo ha notificado a la correspondiente Jefatura de Tráfico, se comunica a través de los boletines oficiales, del tablón de anuncios municipal, del Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico (TESTRA) o del Tablón Edictal Único (TEU).

Ten en cuenta que este método y el telemático son excluyentes: si eliges uno de los dos, la DGT sólo te hará llegar sus notificaciones a través del canal que hayas escogido.

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La Dirección Electrónica Vial (DEV)

La Dirección General de Tráfico otorga a los conductores la opción de darse de alta voluntariamente en la Dirección Electrónica Vial (DEV). Es un buzón electrónico donde recibirán, de forma telemática, las comunicaciones con los mismos efectos jurídicos que la notificación en papel.

En el momento en el que existe una notificación, la DGT manda al conductor un aviso por SMS o a través del e-mail previamente habilitado: en estos mensajes le pide que entren a la DEV y se identifique con su DNI electrónico o con el Certificado Digital para acceder a la multa. Cabe recordar que Tráfico nunca comunica sus multas por correo electrónico: sólo envía un aviso para comunicar que existe una comunicación en este buzón, pero nunca revela de qué tipo.

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Por otro lado, las comunidades autónomas, ayuntamientos, cabildos u otras entidades con potestad sancionadora o de otra naturaleza relacionada con Tráfico y Seguridad Vial pueden usar la DEV para enviar sus notificaciones. En el caso de País Vasco, Cataluña y Navarra (que tienen cedidas las competencias en materia de tráfico y circulación de vehículos a motor) podrán la DEV por sus propias plataformas informáticas.

¿Para quién cambian las cosas en noviembre?

Ahora que sabemos cómo funcionan las comunicaciones de la DGT, llega el momento de explicar los cambios: a partir de noviembre, Tráfico eliminará las notificaciones en papel sólo para las personas jurídicas (empresas).

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Como explicábamos antes, darse de alta en la Dirección Electrónica Vial es voluntario (y, de momento, seguirá siéndolo) para los conductores particulares. Las empresas, sin embargo, sí tendrán que registrarse en la DEV antes de la fecha señalada: si no lo hacen, la administración les dará de alta de oficio y las comunicaciones comenzarán a llegarles, únicamente, por esta vía.

Por lo tanto, las personas jurídicas tienen que ponerse al día y, además, aprender cómo funciona la comunicación de las multas y otras notificaciones. Según Pyramid Consulting, desde que llegan a este buzón electrónico, las empresas tendrán diez días naturales para descargarlas: a partir de entonces caducarán y no podrán acceder a ellas. La DGT considerará que la comunicación ha sido recibida y comenzarán a contar todos los plazos: de pago, de reclamación, de respuesta… Y si no se tiene constancia de ello puede transformarse en un incumplimiento o penalización.

Fuente: Diariomotor