Desde AECA-ITV abordan algunas creencias para saber si son erróneas o no, relacionadas con la ITV.

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“Aún muchos conductores tienen dudas en torno a la ITV”, afirman desde la Asociación Española de Entidades Colaboradoras de la Administración en la Inspección Técnica de Vehículos, AECA-ITV, que desmontan algunos de estos mitos relacionados con ella.

LOS VEHÍCULOS ESTACIONADOS DEBEN TENER LA ITV EN VIGOR: VERDADERO.

El hecho de que un vehículo esté estacionado en la vía pública no le hace perder la condición de estar matriculado, de tal forma que se trata de un vehículo en disposición de circular y conforme lo dispuesto en la normativa aplicable tiene la obligación de someterse a la preceptiva ITV. La única forma de no cumplir con esta obligación es dando de baja el vehículo en la Dirección General de Tráfico y retirándolo de la vía pública.

LOS INSPECTORES TÉCNICOS TIENEN UN PORCENTAJE DE RECHAZOS QUE CUMPLIR: FALSO.

El Real Decreto 920/2017 establece expresamente que los directores técnicos y los inspectores no podrán tener conflicto de interés en su actividad, debiendo mantener en todo momento su imparcialidad y objetividad. Además, las estaciones de ITV están sometidas a inspecciones de las propias Administraciones Públicas y a auditorías de la Entidad Nacional de Acreditación. Actuaciones que garantizan, en todo momento, el cumplimiento de los principios de imparcialidad y objetividad.

SI NO SUPERAS LA ITV, EL VEHÍCULO PUEDE SEGUIR CIRCULANDO HASTA LA SEGUNDA INSPECCIÓN: FALSO.

Si el defecto o los defectos detectados son calificados como graves, el vehículo no puede circular por las vías públicas excepto para su traslado al taller o, en su caso, para la regularización de su situación y vuelta a una estación ITV para nueva inspección en un plazo no superior a dos meses, contados desde la primera inspección técnica desfavorable. En el caso de que se detecten defectos calificados como muy graves, el vehículo también está inhabilitado para circular y, además, en este caso, el traslado del vehículo desde la estación ITV hasta su destino para que los defectos sean reparados se realizará por medios ajenos al propio vehículo, es decir, en grúa o plataforma. Una vez subsanados los defectos, se deberá presentar el vehículo a inspección en un plazo no superior a dos meses, contados desde la primera inspección negativa.

LA ITV Y EL SEGURO DEL VEHÍCULO DEBEN IR DE LA MANO PARA GARANTIZAR LA SEGURIDAD VIAL: VERDADERO.

El seguro obligatorio y la inspección técnica de vehículos deben estar en vigor, en todo momento, para mejorar la seguridad vial y lograr reducir el número de siniestros viales como consecuencia de tener la ITV caducada. Así se especifica en el Real Decreto 920/2017, de 23 de octubre, donde se establece que “será condición previa a la realización de cualquier inspección técnica la acreditación del seguro obligatorio del vehículo”.

EL TITULAR DEL VEHÍCULO ES EL ÚNICO QUE PUEDE PASAR LA ITV DEL MISMO: FALSO.

Lo relevante es que el vehículo tenga la ITV en vigor, sin importar si es el titular del mismo el que acude a la estación de ITV o no, ya que el procedimiento será el mismo. Lo más importante es que la persona que lleve el vehículo cuente con los documentos de identificación del vehículo, es decir, con los originales de la tarjeta de inspección técnica y el permiso de circulación. La marca, modelo, número de bastidor y matrícula del vehículo deben coincidir con los indicados en la documentación.

DEPENDIENDO DE LA ÉPOCA DEL AÑO ES MÁS FÁCIL PASAR LA ITV: FALSO.

Esta creencia es totalmente falsa. Muchos conductores intentan hacer coincidir la realización de la ITV de su vehículo con diferentes épocas del año, pero lo cierto es que independientemente de la fecha de la inspección, siempre se van a realizar las mismas pruebas y comprobaciones que establezca la normativa aplicable.

REALIZAR LA ITV FUERA DEL PLAZO CONLLEVA UN RECARGO ADICIONAL: FALSO.

Las estaciones de ITV no pueden sancionar un vehículo por realizar la inspección técnica fuera de plazo. Sin embargo, se corre el riesgo de que los agentes de tráfico interpongan una multa al conductor de hasta 500€ además del peligro que supone para los usuarios de las vías.

Fuente: Infotaller