Son necesarios para el control de los organismos nocivos para la salud humana, pero pueden implicar riesgos para las personas debido a sus propiedades intrínsecas y un uso no adecuado.
Ante el aumento del uso de productos biocidas para la desinfección del Covid-19, el Ministerio de Sanidad observa que son necesarios para el control de los organismos nocivos para la salud humana, pero pueden implicar riesgos para las personas debido a sus propiedades intrínsecas y un uso no adecuado.
La comercialización y uso de biocidas, entre los que se encuentran los desinfectantes virucidas, se encuentra regulado por el Reglamento (UE) nº 528/2012, además de por la normativa nacional. En este sentido, Sanidad alerta que no se deben comercializar ni usar biocidas que no hayan sido expresamente autorizados y registrados debidamente o en su caso notificados. Todos los biocidas comercializados deben contener sustancias activas que, a su vez, hayan sido aprobadas con anterioridad o bien estén en periodo de evaluación en la Unión Europea.
En función de los datos de eficacia presentados y del uso que se contempla, un producto biocida desinfectante puede autorizarse como bactericida, fungicida y/o virucida.
El Ministerio de Sanidad tiene publicada en su página web la lista de productos actualmente evaluados y registrados para los que se ha demostrado su eficacia virucida. Este listado se actualiza periódicamente, en función de la aprobación de nuevos productos:
Actualmente, no existe ningún producto virucida que esté autorizado para su uso por nebulización sobre las personas. Por tanto, esta técnica de aplicación que se anuncia en los denominados túneles desinfectantes de ningún modo puede ser utilizada sobre personas. Un uso inadecuado de biocidas introduce un doble riesgo: posibles daños para la salud humana y dar una falsa sensación de seguridad.
Por otra parte, hay sustancias biocidas que se encuentran en evaluación en la Unión europea permitiéndose, a la espera de finalizar este proceso, la comercialización de los productos que las contienen, siempre que se respeten las medidas de seguridad correspondientes. En este grupo se encuentran algunos cuya generación se realiza in situ mediante maquinaria, como es el ozono. Según Sanidad, este hecho impide, además, que tengan un etiquetado que avise de su peligrosidad y usos, a diferencia del resto de biocidas.
Para este tipo de biocidas, cuya comercialización debe haber sido notificada al Ministerio de Sanidad, se recuerda la importancia de seguir las recomendaciones del fabricante.
Ante la proliferación en el mercado de dispositivos productores de ozono, el Ministerio advierte de que el ozono al igual que otros biocidas:
- No se puede aplicar en presencia de personas.
- Los aplicadores deben contar con los equipos de protección adecuados.
- Al ser una sustancia química peligrosa, puede producir efectos adversos. En el inventario de clasificación de la ECHA (Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas) se notifica la clasificación de esta sustancia como peligrosa por vía respiratoria, irritación de piel y daño ocular.
- Se deberá ventilar adecuadamente el lugar desinfectado antes de su uso.
- Puede reaccionar con sustancias inflamables y puede producir reacciones químicas peligrosas al contacto con otros productos químicos.
Fuente: “Actualidad” de Posventa.info