En APCAS no paramos de implementar mejoras continuas en todos y cada uno de los servicios y procesos que desarrollamos. El último de ellos, que ya hemos comenzado a utilizar en los órganos internos y verá la luz en próximos actos de la asociación, es el nuevo procedimiento de voto electrónico.
Esta nueva mejora va encaminada a digitalizar el procedimiento de voto con un nuevo sistema, de tal forma que cada uno de los asistentes a las votaciones podrá expresar su voto desde cualquier lugar en que haya acceso a Internet, por medio de los dispositivos electrónicos habituales, evitando la necesidad de delegar el voto cuando no se encuentre en el acto de forma presencial.
Para garantizar la seguridad y fiabilidad de este proceso se ha desarrollado un sistema que utiliza las llamadas llaves electrónicas, que no son sino claves de 22 caracteres alfanuméricos aleatorios, que genera el sistema automáticamente.
Es necesario disponer de una llave electrónica para poder realizar las siguientes operaciones: “formular ruegos y preguntas”, “realizar votaciones electrónicas”, “contestar encuestas” y “realizar solicitudes de soporte de ayuda al usuario”.
Estas llaves permiten firmar electrónicamente las operaciones señaladas de manera fiable y segura. Por lo que ambas partes, quien realiza la firma de la operación y quien recibe dicha información, tienen la garantía de que se ha realizado la operación de manera correcta y sin adulterar, ni por los intervinientes ni por un tercero.
Una llave electrónica sólo puede emitir un voto, en el caso de que, en el periodo acordado para la votación electrónica del punto del orden del día de la reunión, un mismo asociado votase en más de una ocasión, se procederá de forma automática a la anulación de todos sus votos, quedando eliminados del conteo.
El presidente y el vicepresidente de la votación, tienen la facultad de iniciar votaciones y son quienes reciben el certificado del escrutinio de la votación en su propio email y en formato pdf en el apartado interno de la web de APCAS, para adjuntar al acta de la sesión. Dispondrán de un listado de las diferentes votaciones realizadas, con el resultado de las mismas donde aparecen los datos básicos de la votación, las diferentes llaves y el voto realizado. Una vez finalizado el plazo para la votación, se efectuará el recuento de votos y proclamación de resultados.
La normativa vigente para este nuevo sistema se basa en cuatro puntos clave:
- SISTEMA: el sistema de votación electrónico será votación nominativa (llave nominativa) o votación secreta (llave anónima).
- PRIVACIDAD Y GARANTÍA DE AUTENTICIDAD: el sistema elegido para cada votación permitirá a cada asociado de APCAS ejercer su derecho a voto en el tiempo que determine el director de la votación.
- ACEPTACIÓN DE CLÁUSULAS RGPD Y LOPD DE LA ASAMBLEA: para poder ejercer el voto electrónico en la Asamblea General de APCAS, será requisito imprescindible que el asociado con derecho de voto acepte las cláusulas RGPD/LOPD, en la web de APCAS.
- FORMA DE LA VOTACIÓN: el presidente de la votación, que puede ser el secretario de la Asamblea, será quien dirija la votación electrónica del punto del Orden del Día. A partir de ese momento, los asociados de APCAS que previamente se hayan inscrito para participar en la Asamblea en la forma acordada, dispondrán del plazo de tiempo indicado por el Secretario de la Asamblea para votar electrónicamente.
Este nuevo camino es de doble sentido, APCAS pone en manos de todos sus asociados este nuevo sistema, pero corresponde al asociado disponer de la tecnología necesaria para poder ejercer el voto electrónico por lo que desde la asociación confiamos en el buen hacer de estos y las ganas de avanzar en materia de transparencia.