El Ministerio de Industria amplía la fecha de entrada en vigor hasta el 24 de octubre y modifica también los puntos 8.30, 8.50, 8.51 y 8.52.

El Ministerio de Industria ha publicado una corrección sobre la 6ª revisión del Manual de reformas de importancia que comenzaba a difundirse a comienzos del mes de mayo, ampliando la fecha de aplicación obligatoria en dos meses, pasando del 24 de agosto al 24 de octubre.

La nueva fecha de aplicación se ha modificado por la entrada en vigor de la Orden ICT/397/2020, de 30 de abril, por la que se actualizan los anexos I y II del Real Decreto 2028/1986, de 6 de junio, sobre las normas para la aplicación de determinadas directivas de la CEE, relativas a la homologación de tipo de vehículos automóviles, remolques, semirremolques, motocicletas, ciclomotores y vehículos agrícolas, así como de partes y piezas de dichos vehículos, que modifica Disposición final quinta de la Orden ICT/155/2020, de 7 de febrero, por la que se regula el control metrológico del Estado de determinados instrumentos de medida, ampliando el plazo de aplicación en ocho meses.

La modificación del manual introduce, además, nuevos cambios en la sexta revisión en referencia a los puntos:

  • 8.30 Instalación o desinstalación de elementos fijos que no afecten a la estructura del espacio destinado a carga o equipaje del vehículo.
  • 8.50 Transformaciones que modifiquen la longitud del voladizo delantero y/o trasero.
  • 8.51 Modificaciones que afecten a la carrocería de un vehículo.
  • 8.52 Modificación, incorporación o desinstalación de elementos en el exterior del vehículo.