- Historial de reclamaciones común en toda la UE para garantizar igualdad de trato
- Protección garantizada para las víctimas incluso si la aseguradora se declara en quiebra
- No al exceso de regulación: quedan excluidas las bicicletas eléctricas y los deportes de motor
El PE confirmó el jueves un cambio legislativo para garantizar mejor protección y trato igualitario a los ciudadanos implicados en accidentes de carretera y al asegurar vehículos en la UE.
Las víctimas de accidentes de tráfico estarán protegidas independientemente de que el siniestro se produzca en su país de residencia o en otro Estado miembro de la Unión. La nueva normativa, aprobada hoy por el pleno con 689 votos a favor, 3 en contra y 4 abstenciones, busca cubrir vacíos legales y mejorar la Directiva vigente sobre seguros de vehículos automóviles.
El Parlamento y el Consejo, que acordaron dicha normativa de forma provisional el pasado 22 de junio, se aseguraron de que las personas implicadas en accidentes de tráfico reciban una compensación incluso en caso de quiebra de la compañía aseguradora. Asimismo, el texto apuesta por implantar un historial de reclamaciones armonizado en la UE para evitar cualquier discriminación cuando un asegurado se desplace de un país de la Unión a otro. La comparación entre tarifas y coberturas de diferentes proveedores también será más fácil, gracias a nuevas herramientas de comparación gratuitas e independientes.
Con el objetivo de garantizar el mismo nivel mínimo de protección para las víctimas, la nueva normativa armoniza los importes mínimos obligatorios de cobertura en toda la UE, sin perjuicio de las garantías superiores que los Estados miembros puedan prescribir:
– daños personales: 6,45 millones de euros por accidente independientemente del número de perjudicados, o 1,3 millones por parte perjudicada.
– daños a la propiedad: 1,3 millones de euros por accidente con independencia del número de partes perjudicadas.
La nueva norma exime a los vehículos que circulan a menos de 14km/, como tractores de jardín y vehículos de movilidad reducida, y a las bicicletas eléctricas de las obligaciones del seguro para evitar la sobrerregulación. Los vehículos destinados a deportes de motor también se excluyen de dicha Directiva.
Contexto en España
En España, el número de vehículos asegurados a finales del año 2020 fue de 32.023.762, conforme a los datos del Fichero Informativo de Vehículos Asegurados (FIVA), a cargo del Consorcio de Compensación de Seguros. Sin embargo, según un estudio elaborado por una aseguradora y recogido por la Dirección General de Tráfico, en el país circulan 2,65 millones de vehículos sin seguro, lo que supone casi un 8% del parque móvil español. En esta línea, cada año se imponen 130.000 multas por no tener seguro obligatorio, recoge este mismo informe.
Declaración de la ponente
Dita Charanzová (Renew, Chequia) señaló: «Hoy es un buen día para todos los conductores en Europa y para cualquiera que por desgracia se vea envuelto en un accidente. Si la aseguradora quiebra, estará protegido. El historial común de reclamaciones significa que no habrá excusas para discriminar a los buenos conductores. Hemos protegido el desarrollo de las bicicletas eléctricas, al confirmar que no requerirán seguro. Y hemos terminado con la incertidumbre en torno a los deportes de motor, que podrán seguir compitiendo sin esa exigencia. Son ejemplos concretos de una Europa que funciona para los ciudadanos».
Próximos pasos
Tras el visto bueno del PE, la legislación debe ser adoptada formalmente por el Consejo, el otro colegislador, y publicada en el Diario Oficial de la UE. A partir de esa fecha, los Estados miembros dispondrán de 24 meses para incorporar la Directiva a su legislación.
Fuente: Europarl