El Juzgado de Primera Instancia número 2 de Las Palmas de Gran Canaria ha condenado a una aseguradora a pagar los honorarios del abogado y procurador de la parte contraria en un juicio verbal por accidente de tráfico, debido a su “temeridad o mala fe”, según recoge la sentencia, al negar su responsabilidad en el siniestro sin “justificar de forma mínima su posición”.
La sentencia detalla que el caso no revestía mayor complicación: se trataba de unos daños tasados en 495,50 euros, presuntamente causados por una conductora al colisionar su turismo contra una moto cuando maniobraba en salida de aparcamiento.
“Que las compañías mantengan litigios por determinadas consecuencias derivadas de accidentes de tráfico de escasísima cuantía, cuando el accidente se cuestiona sin una mínima base que justifique tal posición, como en el presente caso”, subraya el juez, “constituye cuanto menos un abuso del proceso determinante de un daño para los intereses generales que puede dar lugar a responsabilidad (…), pues tienen a su alcance otros métodos de realizar el valor de lo justo en cada caso concreto mucho más barato, mucho más rápido y menos gravoso para las arcas públicas, como puede ser la mediación, cuyo uso ni siquiera intentan”.