La Dirección General de Tráfico (DGT) recuerda que, a partir del 1 de enero de 2024, los vehículos de movilidad personal (VMP) comercializados deben cumplir una serie de requisitos recogidos en el Manual de Características Técnicas, publicado en el Boletín Oficial del Estado del 21 de enero de 2022. En su web se pueden encontrar las marcas y modelos que ya han sido certificados y que cumplen todos los requisitos del citado manual.
Entre estas exigencias, los VMP deben contar con sistemas antimanipulación tanto para la velocidad (que no deberá superar los 25km/h) como para la potencia. Deben disponer de dos frenos independientes, además de freno de estacionamiento en el caso de los vehículos de más de 2 ruedas. Asimismo, deberán tener instalados determinados dispositivos para la visibilidad del vehículo.
Los VMP comercializados hasta el 21 de enero de 2024 podrán circular hasta el 22 de enero de 2027, aunque no dispongan de certificado. A partir de esa fecha, solamente lo podrán hacer los VMP que cuenten con la certificación.
Para analizar el impacto de estos vehículos en la seguridad vial y en el ámbito asegurador, así como de los cambios regulatorios -incluyendo la modificación de la ley de responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor-, INESE celebrará una jornada el 18 de enero. En ella también se tratará la situación jurídica y problemáticas actuales vinculadas a los VMP. Asimismo, se presentará el estudio sobre la respuesta actual del sector asegurador a las necesidades de cobertura de estos vehículos.
Más información sobre la jornada ‘Vehículos a motor versus vehículos de movilidad personal y su aseguramiento’.
Fuente: INESE